miércoles, 1 de junio de 2011

LAS COSAS

LAS COSAS 


DOMINIO DE PROPIEDAD EL máximo atributo y derecho que una persona tiene sobre las cosas es la propiedad Los Romanos hablaban de tres atributos de la propiedad que eran:
1- Derecho de usar las cosas.
2- Derecho de recoger  sus frutos o productos.
3- Derecho de disponer libremente de la cosas.


LA TRADICION Es la transferencia del derecho real de dominio del propietario quien se denomina vendedor hacia el comprador.
Tenedor Es el inquilino de un inmueble.
el verdadero dueño  de un predio es el que registra en oficina de instrumentos públicos.


RES Es en derecho romano cosa . Las cosas era todo lo que pudiera ser objeto de derecho habían unas cosas del derecho privado que no podían pertenecer al patrimonio particular de los hombre de ahí nació la figura de cosas fuera del patrimonio dentro del patrimonio y las cosa fueras del patrimonio y asi lo ratifican las instituciones de JUSTINIANO   

No hay comentarios:

Publicar un comentario