lunes, 4 de abril de 2011

LEY IULIA

LEY IULIA ( LEYES DE FAMILIA DEL EMPERADOR CESAR AUGUSTO)

Reformas legislativas dictadas por el Emperador Cesar Augusto concernientes a LA FAMILIA  EL MATRIMONIO  Y LA SUCESIÓN, problemáticas sociales que afectan los intereses del imperio plasmados en la ley IULIA.
Roma producía enormes riquezas y todo romano gozaba de este clima de prosperidad. Todos y cada uno de sus miembros tenían seguridad, dinero, bienes y esclavos.
Surge una nueva crisis social en Roma debido al sistema esclavista pues llega un desmesurado auge económico incrementando el numero de esclavos hombres y mujeres producto de las conquistas en la guerra lo cual trae consigo nuevas costumbres, hábitos y modas que marcan huella en la vida cotidiana.
Con la enorme bonanza de oro, bienes y esclavos el pueblo Romano deja de ser agricultor.  Los Patricios la clase alta acomodada, colmada de lujos abandonan la sencillez.
 
LA FAMILIA cambia de un sistema fuertemente PATRIARCAL a una forma menos severa.
La corrupción en el seno familiar se había iniciado con toda aberración de conducta moral y personal, creció la ambición al dinero, la avaricia, la soberbia, la crueldad y la vanalidad.
La larga ausencia de los varones en el hogar debido a las continuas guerras se pierde el tener herederos, se pierde la autoridad moral, el respeto, el comportamiento y los principios.
Las mujeres pierden el pudor, castidad, el sentimiento del deber y la dedicación a su familia.
 Se adquieren costumbres frívolas y las mujeres evitan la maternidad por no dañarsen los cuerpos.
Tal es la situación de la sociedad y la familia que Augusto debe buscar incentivos para lograr poner fin a la carencia de hijos y frenar la tasa de solteros renuentes a casarsen. Al ser nombrado Curator Morum 27 a.c Augusto tiene el poder necesario para sanear la moral pública y decide tratar  la base misma de la sociedad (MATRIMONIO).

MATRIMONIO expide una ley, la LEY IULIA de (MARITANDIS ORDINIBUS año 18 a.c )  la cual ofrece incentivos para casarse.  Favorece a los casados con hijos y restringe los derechos hereditarios de los solteros o casados sin descendencia. El matrimonio era moralmente obligatorio, no tenia por fin el placer sino unir a dos seres en un mismo punto domestico para hacer nacer a un tercero que fuese apto para continuar ese culto. Los esclavos no podían casarsen su unión no estaba protegía y no tenia valides.
La  mujer mayor de 50 años no pude ser esposa por que no es fértil pero concubina si.
El objetivo de la legislación de AUGUSTO era la perpetuación de la familia Romana tendiendo a incrementar la tasa de nacimiento Romano unidos en legitimo matrimonio.
BENEFICIOS A LOS CASADOS CON HIJOS 
Augusto concede beneficios tanto en el derecho público como en el privado.
·         Capacidad para heredar.
·         Recibir mayor porcentaje de herencias, legados, donaciones.
·         Tener puestos oficiales destacados en el ejército.
·         Estímulos para ser electos en cargos públicos.
A los solteros se le consideraba  incapaces, si en el intervalo de( 25-50 años mujeres y 35-60 años hombres) no se casaban no eran aptos para heredar o participar el la vida pública.
Le lleva Augusto casi 30 años poner en practica el programa de reforma legislativa de la moral y de la familia, pero fue uno de sus ideales y ambiciones políticas y gubernamentales.

SUCESIONES  la única forma en que se podía transmitir la herencia era por medio del testamento el cual contiene la última voluntad. La revocación de un testamento se podía hacer del siguiente modo:
ü  por la confección de un nuevo testamento.
ü  Por la destrucción material del documento.
ü  Por revocación formal. En un acto solemne con dos testigos que estarán delante de la autoridad.
Los antecedentes de la sucesión en Roma, la figura mas representativa es el PATER quien tenia derecho sobre los bienes, era solo un administrador por lo que cuando moría los bienes se volvían a los sobrevivientes del grupo familiar.    
     

  

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